En Notas de Prensa

ACTUALIZACIÓN Y RECORDATORIO DE LA NORMATIVA VIGENTE EN LA DIÓCESIS DE BARBASTRO-MONZÓN, EN RELACIÓN CON EL COVID-19, A 8 DE AGOSTO DE 2020

Tras la finalización del estado de alarma, el pasado 21 de junio, Monseñor Ángel Pérez Pueyo, obispo de Barbastro-Monzón, oída la Comisión Permanente del Consejo Pastoral Diocesano y de acuerdo con la normativa vigente, dispuso una serie de medidas relativas al culto católico y a algunas actividades pastorales, exhortando a su cumplimiento. Estas medidas, corregidas y adaptadas conforme han ido transcurriendo estas últimas semanas, se resumen en las siguientes.

1. Cese de la dispensa general del PRECEPTO DOMINICAL. Se levanta en los arciprestazgos de nuestra Diócesis que se encuentran en fase de Nueva Normalidad (Sobrarbe-Ribagorza, Somontano, y Cinca Medio-Litera, excepto la zona de salud de Albalate de Cinca, que incluye Alcolea de Cinca y Santalecina) la dispensa general del precepto dominical, concedida el 14 de marzo de 2020, al declararse el “estado de alarma”. Por tanto, se restablece la norma general de la Iglesia, conforme al Código de Derecho Canónico, can. 1247. Se exhorta a los fieles de dichos territorios a la participación en la Santa Misa los domingos y días festivos.

No obstante, las personas mayores en situación de riesgo por enfermedad u otros motivos graves están dispensadas de dicho precepto dominical, conforme al Derecho General de la Iglesia, can. 87. Se recomienda que estas personas participen en las Misas retransmitidas a través de los medios de comunicación (RTVE; TRECE TV; COPE, Radio María y las redes sociales), viviendo la comunión espiritual.

Para los fieles del arciprestazgo de Bajo Cinca y las localidades de la zona de salud de Albalate de Cinca sigue vigente la dispensa general del precepto dominical, mientras continúen en fase II.

2. Régimen de AFORO. El aforo para actos de culto queda fijado en el setenta y cinco por ciento del aplicable conforme a su normativa reguladora […]”, como máximo en los territorios en fase de Nueva Normalidad (Sobrarbe-Ribagorza, Cinca Medio-La Litera y Somontano), y cincuenta por ciento, en territorios en Fase II (Bajo Cinca y zona de salud de Albalate).

3. MASCARILLAS. Desde el pasado 13 de julio, es obligatorio en todo Aragón el uso de la mascarilla con independencia de la distancia interpersonal. La norma atañe a las personas de seis años en adelante, obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público (como son nuestros templos) , con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad. También se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.

La propia orden reguladora enumera las EXCEPCIONES de esta obligación. La primera se refiere a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. La segunda incluye, entre otros supuestos, los de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Estas excepciones en ningún caso eximen de su uso a ponentes, intervinientes en actos, etc., por lo que los sacerdotes han de llevarla durante toda la celebración, excepto enfermedad o dificultad respiratoria.

4. MEDIDAS adicionales de HIGIENE y prevención en la celebración de actos de culto religioso:

• Deberán realizarse tareas de desinfección de los espacios utilizados o que se vayan a utilizar, y de manera regular se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia.
• Se organizarán las entradas y salidas para evitar aglomeraciones de personas en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto.
• Se pondrán a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad viricida debidamente autorizados y registrados en lugares accesibles y visibles, y, en todo caso, en la entrada del lugar de culto, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
• Las pilas de agua bendita deben estar vacías.
• Se facilitará en el interior de los lugares de culto la distribución de los asistentes señalizando, si fuese necesario, los asientos o zonas utilizables en función del aforo permitido.
• Durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones se evitará el contacto personal, tocar o besar objetos e imágenes de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.
• No estará permitida la actuación de coros durante las celebraciones.

VELATORIOS Y ENTIERROS
Los VELATORIOS podrán realizarse con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, en los territorios en fase II. Y con un límite máximo, en cada momento, de cincuenta personas en espacios al aire libre o veinticinco personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, en los territorios en fase de Nueva Normalidad.
La participación en la COMITIVA para el ENTERRAMIENTO o despedida para la CREMACIÓN de la persona fallecida se restringe a un máximo de veinticinco personas, entre familiares y allegados, además del ministro de culto, para los territorios en fase II. Y de cincuenta personas, para los territorios en fase de Nueva Normalidad.

CEREMONIAS NUPCIALES
Las ceremonias nupciales podrán realizarse, siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo, y en todo caso un máximo de cincuenta personas, para los territorios en fase II. Y setenta y cinco por ciento de su aforo, y setenta y cinco personas, para los territorios en fase de Nueva Normalidad.

ROMERÍAS Y ACTOS POPULARES
Quedan suspendidas las romerías y actos populares mientras dure la “Nueva normalidad”.

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